domingo, 25 de marzo de 2018

Estatuto básico del empleado público o EPEB


Como tantas otras informaciones interesantes que estoy aprendiendo en el curso voy a reflejar aquí el "ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO". 

Viene derivado de la Constitución, la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) publicada en el BOE del 13 de abril. Este estatuto básico del empleado público regula los siguientes aspectos:

  • Concepto y clases de empleados públicos
  • Derechos y deberes de los funcionarios
  • Código de conducta de los empleados públicos
  • Acceso y pérdida de la relación de servicio
  • Ordenación de la actividad profesional
  • Situaciones administrativas
  • Régimen disciplinario




¿Qué nos dice la Constitución Española sobre la Educación?


La Constitución, como marco legal fundamental, sobre educación en España, en su artículo 27 contempla lo siguiente:

  • Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
  • La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
  • Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
  • La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
  • Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
  • Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
  • Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
  • Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
  • Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
  • Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.



domingo, 18 de marzo de 2018

Inicios ...

En toda historia siempre hay un comienzo ... un érase una vez.

Como alumno del curso de Intef  - El desarrollo de la función directiva, he creado este blog como inicio de mi andadura, un espacio donde reflejar y compartir mis aprendizajes y reflexiones en cuanto al tema.

Mis expectativas con el curso están enfocadas a conseguir un buen grado de adquisición en cuanto a las competencias asociadas a la función directiva.  Considero a esta figura un eje vertebral sobre el que se asienta un proyecto de centro y responsable de buena parte del clima y la vida que dentro de un centro se desarrolla. Es un puesto nada fácil de desempeñar por el que todos y todas deberíamos pasar para aprender y tomar conciencia.  

Quién sabe cómo, dónde acabaremos y lo más importante ... si finalmente comeremos perdices.  

Les envío un saludo a mis futuros lectores al tiempo que les invito a participar.


Mi Portfolio

Aquí les dejo el enlace de mi portfolio aún por actualizar evidencias:

portfolio.educalab.es/david-soto-urbaneja